Sistema de información de cuenta corriente del impuesto a la propiedad de vehículos automotores
Archivos
Fecha
2005
Autores
Rapso Salas, María Mercedes
Obando Calderón, Gustavo Adolfo
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad Nacional (Costa Rica)
Resumen
Según la Ley N” 7088 del 1” de diciembre de 1987, el Ministerio de Hacienda es el ente estatal encargado de administrar el dinero recaudado por concepto del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores, también llamado marchamo. Este impuesto debe ser empleado, según la Ley 7088, para “... financiar parte de los programas de caminos vecinales, mantenimiento de carreteras y vías urbanas.' También mediante esta ley se determina que los contribuyentes de este impuesto serán todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, de hecho o de derecho, propietarias de algún vehículo automotor. Para ello, en el Ministerio de Hacienda, concretamente en la División de Informática de la Dirección General de Tributación, se realizan anualmente una serie de procesos que realizan los cálculos para la determinación del monto del impuesto correspondiente a cada vehículo, de acuerdo a sus características. Se toma como insumo de dicho proceso toda la información de los vehículos registrados en el país, la cual es proporcionada por el Registro Nacional de la Propiedad.
Según la Ley N” 7088 del 1” de diciembre de 1987, el Ministerio de Hacienda es el ente estatal encargado de administrar el dinero recaudado por concepto del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores, también llamado marchamo. Este impuesto debe ser empleado, según la Ley 7088, para “... financiar parte de los programas de caminos vecinales, mantenimiento de carreteras y vías urbanas.' También mediante esta ley se determina que los contribuyentes de este impuesto serán todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, de hecho o de derecho, propietarias de algún vehículo automotor. Para ello, en el Ministerio de Hacienda, concretamente en la División de Informática de la Dirección General de Tributación, se realizan anualmente una serie de procesos que realizan los cálculos para la determinación del monto del impuesto correspondiente a cada vehículo, de acuerdo a sus características. Se toma como insumo de dicho proceso toda la información de los vehículos registrados en el país, la cual es proporcionada por el Registro Nacional de la Propiedad.
Según la Ley N” 7088 del 1” de diciembre de 1987, el Ministerio de Hacienda es el ente estatal encargado de administrar el dinero recaudado por concepto del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores, también llamado marchamo. Este impuesto debe ser empleado, según la Ley 7088, para “... financiar parte de los programas de caminos vecinales, mantenimiento de carreteras y vías urbanas.' También mediante esta ley se determina que los contribuyentes de este impuesto serán todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, de hecho o de derecho, propietarias de algún vehículo automotor. Para ello, en el Ministerio de Hacienda, concretamente en la División de Informática de la Dirección General de Tributación, se realizan anualmente una serie de procesos que realizan los cálculos para la determinación del monto del impuesto correspondiente a cada vehículo, de acuerdo a sus características. Se toma como insumo de dicho proceso toda la información de los vehículos registrados en el país, la cual es proporcionada por el Registro Nacional de la Propiedad.
Descripción
Obando Calderón, G. A. & Rapso Salas, M. M. (2005). Sistema de información de cuenta corriente del impuesto a la propiedad de vehículos automotores. [Tesis de Licenciatura]. Universidad Nacional, Costa Rica.
Palabras clave
MINISTERIO DE HACIENDA (COSTA RICA), IMPUESTO A LA PROPIEDAD, TRIBUTACION, VEHICULOS DE MOTOR., PROPERTY TAX, TAXATION